domingo, 27 de febrero de 2011

Diferencias entre el decreto de convivencia de Castilla la Mancha y el de Madrid

Existen más diferencias que parecidos entre los dos decretos, están ligados por todo lo regulado por ley que no pueden modificar, y a ambos les separa la forma de redactar y los objetivos.

Como ya hemos profundizado en el decreto de Castilla la Mancha podemos decir que se basa en un modelo relacional o integrado, es decir, que cuando existe una desobediencia en las normas del centro escolar, el profesor trata de corregir esta falta siendo el mediador, por lo que realiza un diálogo con ambas partes implicadas para resolver el problema.

Sin embargo el decreto de Madrid es bastante más riguroso. Éste, aplica un modelo punitivo, en el que se basa por una serie de normas que han de ser cumplidas por todo el alumnado y no pueden ser modificadas. La desobediencia de dichas normas establecidas por el centro supone una sanción para el alumno dependiendo del grado de la falta. Los alumnos tienen unas normas claras que deben cumplir, pero el profesor no las tiene tan marcadas, es decir, no tienen unas normas establecidas a las que se deban ceñir para mejorar el clima del aula.

Como conclusión podríamos decir que el decreto de CLM es más tolerante que el de Madrid, ya sea por el grado de sanciones o por el incumplimiento de la normas. Pero creo que lo ideal sería contar con ambos al mismo tiempo, ya que dependiendo del grado de infracciones que cometa el alumno, en mi opinión, se debe actuar de una forma o de otra. Por ejemplo, si un alumno realiza repetidamente varias infracciones no debe bastar con un diálogo, sino que también debe haber algún tipo de sanción para que vea sus errores y que eso lleva unas consecuencias.

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